Tres modelos de justicia en Yucatán: Un solo camino.

Yucatán vive un momento inédito en materia de justicia penal: Por primera vez la entidad se encuentra en un período transitorio que hoy por hoy, está a punto de abarcar tres formas de aplicar la Ley, en el marco de los grandes cambios que se han dado en la materia.

El pasado 4 de marzo el Presidente Enrique Peña Nieto promulgó el decreto por el cual se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales estableciéndose en él un plazo que no exceda de 270 días naturales para que los estados reformen sus leyes y demás normatividad complementaria que resulten necesarias para la implementación de este ordenamiento.

Mientras tanto, en Yucatán el próximo 3 de junio está contemplada la entrada en vigor del nuevo Código Procesal Penal del estado para la región que abarca la capital Mérida y otros 24 municipios mas, quedando así concluida la tercera y última etapa para la implementación del Sistema Penal Acusatorio y Oral en todo el estado.

Cabe indicar que en la entidad, desde 2011, con la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia penal yucateco, se aplica un código procesal basado en la reparación del daño, respeto a los derechos humanos y protección a la víctima. Pero también en otros casos se sigue y seguirá aplicando el antiguo Código de Procedimientos en Materia Penal del Estado de Yucatán, lo que coloca a la entidad en un proceso en el que convivirán, en su momento, tres sistemas hasta en tanto se apliquen en todo el territorio del estado las disposiciones del Código Nacional y además se concluyan todos los procesos iniciados antes de la entrada en vigor del mismo.

La transición de un modelo de legislación local a un Código Nacional de Procedimientos Penales encara numerosos retos para las entidades: Acostumbrados a una autonomía para emitir disposiciones legales en materia penal y de procedimientos penales, los estados tendrán que revisar cuidadosamente las formas en las que sus propias legislaciones, con sus particularidades y definiciones, se adaptarán a un modelo nacional de procedimientos, lo cual, se dice fácil aunque en la práctica conlleva diversos tratamientos y particularidades procesales que difieren cuando se acude a comparar la normativa entre un estado y otro.

Por otro lado, detrás de las bondades de un modelo garantista subyace el problema de la percepción pública en materia de aplicación de justicia: No han sido pocos los casos a nivel nacional o local en los que personas presuntamente culpables han salido declaradas libres o no culpables debido a fallas derivadas en la integración de expedientes en el marco de una nueva cultura legal que exige la preparación de ministerios públicos y policías.

En el fondo, el nuevo sistema de justicia acusatorio y oral se puede postular y garantizar la protección del inocente, pues toda persona que está involucrada en un proceso penal no lleva en su contra una presunción de culpabilidad, sino de inocencia; y ello implica que sea el acusador, y no el acusado, quien tenga la carga de probar las acusaciones que plantee contra una determinada persona. En Yucatán, éste es un proceso cultural que debe reforzarse con la adecuada capacitación de los ministerios públicos y las policías.

En contraparte, el nuevo sistema procurará que el culpable no quede impune. Si bien el nuevo modelo protege al inocente, es riguroso en la construcción de la verdad; a fin de que el responsable de un ilícito penal responda ante la justicia por los actos que realizó.

En este delicado proceso, se verá en realidad qué tanto se han aprovechado de las acciones de capacitación que desde 2009 se iniciaron en la entidad para convertirse, muy probablemente, en uno de los primeros estados en implementar en todo su territorio el nuevo Sistema de Justicia Penal en la administración del Presidente Enrique Peña Nieto.

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